Pronunciamiento del Colegio del Personal Académico del Instituto de Investigaciones Históricas de la UNAM frente a la propuesta de Ley General de Archivos

 
AL SENADO DE LA REPÚBLICA
A LA DRA. MERCEDES DE VEGA, DIRECTORA DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN
A LA OPINIÓN PÚBLICA
 
El Instituto de Investigaciones Históricas de la Universidad Nacional Autónoma de México, a través de su Colegio de Personal Académico, manifiesta lo siguiente en torno a la iniciativa de Ley General de Archivos presentada ante la Comisión de Gobernación del Senado de la República el 17 de noviembre del año en curso:
 
No es posible construir una sociedad democrática sin la garantía de la protección y el acceso libre a la memoria histórica de la Nación, bases para el conocimiento y el estudio crítico de su pasado. Los archivos públicos son los repositorios imprescindibles para el resguardo, conservación y difusión del registro documentado de la memoria nacional y es imperativo garantizar su autonomía y el acceso libre de la ciudadanía a su consulta. En consecuencia, consideramos que la consolidación de los archivos históricos del país debe ser materia de una política de Estado, apoyada en el trabajo y conocimiento de profesionales, y no debe estar sujeta a las contingencias, coyunturas e intereses de los gobiernos en turno. Por lo anterior, la comunidad académica del Instituto de Investigaciones Históricas de la UNAM exige a los representantes del poder legislativo que han promovido la propuesta de Ley General de Archivos tomar en cuenta los siguientes elementos:
 
I.- Es imperativo ampliar el plazo de discusión de la Ley con el fin de que el Senado de la República y las bancadas parlamentarias estudien detenida y concienzudamente las observaciones realizadas por diversos grupos de académicos y de la sociedad civil. Es necesario elaborar una nueva propuesta de Ley que garantice el derecho sustantivo e irrenunciable de la ciudadanía al libre acceso a la información pública contenida en los archivos históricos, fomente la conservación de la memoria de la Nación, establezca claramente límites y responsabilidades a los sujetos obligados y facilite las tareas inherentes a la investigación histórica.
 
II.- En la forma actual de la propuesta, los archivos quedan bajo la tutela de la Secretaría de Gobernación, lo que significa un retroceso respecto de los avances conseguidos en los últimos años en materia de autonomía, acceso a la información, transparencia y rendición de cuentas, base incuestionable en la construcción de una sociedad democrática.
 
III.- Es necesario eliminar las contradicciones existentes entre la propuesta de la Ley General de Archivos y la Ley General de Protección de Datos Personales. No se trata de un problema de redacción, sino de cuestiones de fondo sobre las que es necesario realizar un análisis meticuloso y detenido.
 
IV.- Es preciso suprimir el riesgo que entraña se conceda a los mismos sujetos obligados la facultad de designar a los equipos de valoración de los documentos que deben integrarse a los archivos históricos y que dichos equipos estén conformados principalmente por funcionarios de gobierno (Título tercero “De la valoración”), sin el auxilio de  comisiones conformadas por historiadores y archivistas profesionales que establezcan los plazos de transferencia y determinen la naturaleza histórica de los documentos. No tomar en cuenta la opinión de los expertos puede representar una pérdida irreversible de una parte importante de la memoria histórica de nuestro país.
 
V.- La Ley debe establecer plazos razonables para la transferencia de la documentación de los archivos de concentración a los archivos históricos y éstos no deberían exceder los treinta años, con excepciones para documentos que deban resguardarse por más tiempo por razones justificadas, como aquellas que atañen a la seguridad nacional.
 
VI.- El Archivo General de la Nación debe ser un organismo independiente y autónomo, y contar con los recursos financieros y humanos suficientes para el ejercicio de las funciones que le ha confiado la sociedad.
 
VII.- Exigimos que se elimine el artículo transitorio décimo cuarto, dado que ello permitiría a las autoridades ejercer discrecionalmente las atribuciones que les confiere la ley. Los documentos que se encuentran actualmente en los archivos históricos no pueden ser sustraídos ni destruidos ni puede negarse su consulta bajo ningún concepto.
 
 
Por los elementos expuestos consideramos que la iniciativa de Ley General de Archivos que se discute representa un retroceso respecto de la Ley Federal vigente. Como todas las leyes su espíritu debe consagrar derechos y obligaciones con claridad. Exhortamos al Senado de la República y a la Cámara de Diputados a no aprobar la propuesta de Ley presentada en tanto no se resuelvan las problemáticas señaladas, a ampliar el plazo de discusión de la misma y a incorporar las observaciones generadas por los distintos agentes ciudadanos preocupados por la salud democrática de la Nación.
 
 
Atentamente
“POR MI RAZA HABLARÁ EL ESPÍRITU”
 
Ciudad Universitaria, Ciudad de México, a 6 de diciembre de 2016