Mesa redonda:
Vicente Espino Jara, Presidente de la Unión Civica Xalapeña
Paulo César López Romero, Historiador
Sergio Benavides Virues, Docente
Ángel Rafael Martinez Alarcón, Historiador
Jueves 10 de diciembre de 2015, 18 hrs. Sala de Cabildo del H. Ayuntamiento Constitucional de Xalapa.
Número 187.- El Estado Libre y Soberano de Veracruz.[1]
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Manuel María Pérez, Vice-Gobernador en ejercicio del Estado de Veracruz, á sus habitantes, sabed:
Que el Estado Libre y Soberano de Veracruz, ha decretado lo siguiente:
Número 187.- El Estado Libre y Soberano de Veracruz, reunido en Congreso, decreta:
1° Se concede el título de ciudades á las villas de Jalapa, Orizaba y Córdoba.
2° Se concede asimismo el de villas á los pueblos de San Andrés Tuxtla, Zongolica, San Antonio Huatusco y Coscomatepec.
3° El Gobierno cuidará de que no se eroguen gastos de los fondos municipales para solemnizar la concesión de estos títulos.
El Gobernador del Estado dispondrá se publique, circule y observe. En Xalapa, á 29 de noviembre de 1,830, 10°de Independencia y 9° de la República– Victoriano Sánchez, Diputado Presidente— Manuel María Fernández, senador presidente.-Juan Nepomuceno Urquía, Diputado Secretario.—Bernardo Couto, Senador Secretario.
Publíquese, circúlese y comuníquese á quienes corresponda, para su exacta observancia.
Jalapa, 12 de Diciembre de 1,830.
— Manuel María Pérez.— José Jesús Díaz, Oficial Mayor
[1] Legislación del Estado de Veracruz. Desde el año de 1824 hasta la presente época. 1881. Tomo I. Imprenta veracruzana de Agustín Ruiz. Jalapa; Colección de decretos correspondientes al año de 1830. 1904. Tipografía del Gobierno del Estado. Jalapa; 120-121 pp.; RIVERA CAMBAS. Manuel.1959.Historia antigua y moderna de Jalapa y de las revoluciones del Estado de Veracruz. Tomo VI 1830-1833. Editorial Citlaltepec. México. 41-42 pp
GONZÁLEZ DE COSSIO, Francisco,1957. Xalapa breve reseña histórica. Talleres gráficos de la Nación. México. 175pp